ELIMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES

27/05/2025

Compartir

ELIMINACIÓN DEL IMPUESTO A LA TRANSFERENCIA DE INMUEBLES

Mediante la Ley N° 27.743, de Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes, publicada en el Boletín Oficial el pasado 08/07/2024, el Estado Nacional, derogó el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas (en adelante, el “ITI”). Este tributo se aplicaba sobre el precio de las transferencias de dominio a título oneroso de inmuebles ubicados en el país, adquiridos antes del 31/12/2017 y que no fueran viviendas únicas y permanentes.

El ITI era un impuesto a la venta, permuta, cambio o dación de pago de un inmueble propio, por el cual se obtuviera un beneficio, a través del que se obligaba al vendedor a pagar al Estado el 1,5% del valor determinado del mismo.

En definitiva, la eliminación del ITI alivia la carga impositiva en la compraventa de inmuebles y beneficia tanto a los compradores como a los vendedores y desarrolladores, agilizando las operaciones, estimulando el desarrollo y promoviendo inversiones en el rubro de la construcción.